Carta del Directorio
En Process Technologies nos dedicamos a asistir a nuestros clientes en proyectos que mejoran sus procesos organizativos, el control de sus operaciones y la gestión del negocio.
Como empresa que somos y personas comprometidas con la misma declaramos como irrenunciables los siguientes Valores:
- Honestidad: Para que las decisiones que se adopten y las acciones que se ejecuten, no estén reñidas con las costumbres de decencia.
- Transparencia: Para que todos los actos que ejecute la empresa y su personal siempre den muestras de un profundo respeto por los tratos directos, sin ocultamientos ni prebendas.
- Ética Comercial: Para que el respeto por los compromisos asumidos, tengan su correlato con el accionar ético de las personas intervinientes en operaciones comerciales o de negocios.
- Eficiencia: Para que tanto la empresa como su personal, busquen superarse en todo momento, perfeccionando permanentemente nuestro ordenamiento productivo.
- Compromiso: Con nuestro personal, clientes, socios, y amigos en hacer un deber del esfuerzo de superación, día a día, en el camino del progreso.
- Creatividad: Para poner nuestro mejor esfuerzo en la innovación productiva.
Servimos a nuestros clientes, generamos valor sostenible para nuestros inversionistas y hacemos nuestro aporte a la sustentabilidad de la comunidad. Todo esto es posible gracias a nuestro compromiso con dichos valores, que son nuestra guía para alcanzar los objetivos, afrontar nuestros desafíos y sus riesgos, como también encontrar respuestas a los dilemas éticos con los que nos podamos enfrentar en una empresa que gestiona sus negocios en un mundo dinámico y complejo.
Nuestra reputación y sustentabilidad dependen de que cada uno de nosotros vivamos nuestros valores y tengamos una conducta ética, responsable y en cumplimiento de la ley.
Hemos establecido un Código de Conducta, que nos ayudará a tomar las decisiones correctas como compañía, bajo una estricta conducta ética en todas las acciones que emprendamos. Debemos fomentar la diversidad y la igualdad. Tenemos cero tolerancia hacia la corrupción. Respetamos el medio ambiente en todo lo que hacemos y nuestros servicios, nuestra tecnología y nuestro personal debe contribuir positivamente a fomentar los derechos humanos.
Nuestro Código de Ética representa la cultura y el compromiso que tenemos para continuar con los servicios de la calidad que valoran nuestros clientes y con la forma de hacer los negocios en nuestra Empresa.
Introducción
Process Technologies es consciente de la importancia e impacto que tiene su gestión y la de su cadena de valor en la Sociedad. Por este motivo, fomenta, establece y mantiene elevados niveles de exigencia de responsabilidad, basado en los principios éticos universales, inspirados en la Transparencia, Integridad y Honestidad en la forma de desarrollar los Negocios, promoviendo el cumplimiento, no sólo de estándares de calidad de producto y/o servicio, sino también de estándares éticos, sociales y medioambientales. Todo esto se ve reflejado en el cumplimiento de la Norma de Calidad ISO 9001-2015 que rige todos los procesos de negocios de Process Technologies desde el 2006.
Este Código busca obtener relaciones sostenibles y de beneficio mutuo con los clientes, proveedores y demás actores de la Sociedad, y establecer elevados estándares en materia de comportamiento ético y transparente, no sólo por parte de la propia Compañía y sus colaboradores, sino también por parte de sus socios comerciales.
Principios éticos
2.1. Desarrollamos nuestras actividades conforme a los valores y a los principios contenidos en este Código de Ética y Conducta, manteniendo el más alto nivel de normas profesionales en la forma de hacer negocios.
2.2. La actividad se lleva a cabo respetando la legislación aplicable y los principios éticos de aceptación universal, inspirados en la transparencia, la integridad y la honestidad.
2.3. Rechazamos y condenamos que se recurra a comportamientos ilícitos o deshonestos y evitamos toda acción que implique promover, compartir o tolerar cualquier forma de fraude, irregularidades o corrupción.
2.4. Guiamos nuestras acciones con los lineamientos del Pacto Global de Naciones Unidas, y sus principios en materia de derechos humanos, normas laborales, protección del medio ambiente y lucha contra la corrupción. De esta manera garantizamos el total cumplimiento de nuestro compromiso institucional y fomentamos que los Terceros adopten las mismas prácticas.
2.5. Los servicios a los Clientes deben ser de excelencia, con creación de valor para el accionista y la comunidad en la que operamos, respetando los derechos y el buen trato que les asiste.
2.6. Creemos en la Competencia leal, a la que consideramos como una herramienta funcional al interés de cada actor del mercado, a los clientes y a la Sociedad en General.
2.7. Aseguramos el cumplimiento de las Normas Antimonopólicas y No permitimos que los Terceros, en nuestro nombre o representación, celebren acuerdos o convenios con otras Empresas en materias tales como precios, condiciones de venta a clientes y adjudicación de mercados a clientes, asegurando, de esta manera, las normas antimonopólicas.
Anticorrupción
3.1. Contamos con una Política Anticorrupción y nos comprometemos a respetar las normas de conducta que se establecen en la Ley de Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas de Argentina, las leyes anticorrupción y en contra del lavado de dinero.
3.2. Prohibimos todo intento de corromper a Funcionarios Públicos y el pago de sobornos o comisiones ilícitas, ya sea en tratos con Funcionarios Públicos o con Personas Privadas.
3.3. Los Terceros se regirán por una conducta basada en altos estándares éticos y cumplirán con todas las leyes anticorrupción aplicables. Está específicamente prohibido ofrecer, prometer, pagar, entregar o autorizar la entrega, o aceptar, pretender o solicitar, directa o indirectamente, compensaciones, regalos, beneficios económicos personales o de otro tipo a/de Funcionarios Públicos, Personas Privadas, o de la entidad que directa o indirectamente representen, para influenciar una decisión o para obtener o retener un negocio o cualquier otra ventaja indebida.
3.4. No realizaremos contribuciones ni aportes ni otorgaremos otro tipo de beneficios, directos o indirectos, a partidos o movimientos políticos, ni a sus representantes o candidatos, en nombre o representación de la Sociedad.
3.5 El presente código de Ética y Conducta adhiere a las normas La Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero de los Estados Unidos (“Foreign Corrupt Practices Act” o “FCPA”) y La Ley de Soborno del Reino Unido (United Kingdom Bribery Act, “UKBA”).
3.6. Los miembros de Process Technologies deberán ponerse en contacto con su supervisor y dar aviso al mail “etica@protech.com.ar” en los siguientes casos:
- Si encuentra irregularidades en las facturas tanto en las descripciones como en los valores que estima que no se corresponde con los acuerdos formales.
- Toda solicitud de reembolso que no tenga comprobante
- Toda solicitud de reembolso de cantidades que parezcan altas para los servicios ofrecidos
- Registros que indiquen que los artículos se clasificaron incorrectamente o se valoraron a menos del precio de venta de artículos importados a otro país
- Registros que no se lleven de forma correcta
- Comentarios de la persona que envíe la factura que indiquen que se efectuaron pagos indebidos
- Insistencia en que se paguen facturas o se giren reembolsos, incluso después de que haya manifestado inquietudes sobre su validez
- Artículos que hayan pasado demasiado rápido respecto a experiencias anteriores
Fraude e irregularidades
4.1. Tenemos tolerancia cero ante actos de fraude o irregularidades y sobre el encubrimiento de estos, y espera lo mismo de los Terceros. También disponemos de mecanismos tendientes a la prevención, detección y tratamiento de estos riesgos.
4.2. Fraude: es toda conducta, por acción u omisión intencional, dirigida a obtener, mediante ardid, engaño o abuso de confianza un beneficio indebido, causando un daño a la Sociedad.
4.3. Irregularidades: comprende los actos que violen intencionalmente la legislación vigente, normas internas de la Sociedad y/ o el presente Código, si son llevados a cabo con el propósito de perjudicar a la Sociedad, al empleado de la Sociedad, a un Tercero y/o a fin de procurar un beneficio indebido al autor del hecho, a un miembro de la Sociedad y/o a un tercero. Asimismo, podrá considerarse que existe una Irregularidad cuando la conducta se origine en imprudencia, negligencia o impericia en todos los casos graves, o en la inobservancia de reglamentos o deberes, cuando de la acción u omisión pudiera derivarse o se derivase un beneficio indebido para quien la cometa o para terceros y/o pudiera causarse o se cause un daño a la Sociedad.
Conflictos de intereses
5.1. Todas las operaciones comerciales deben llevarse a cabo teniendo en cuenta los mejores intereses de la Sociedad. Los Directivos, Ejecutivos y todos los Empleados, cualquiera sea su modalidad de contratación, están obligados a declarar cualquier posible conflicto de interés antes de que se inicie el proceso de selección y/o contratación.
5.2. El conflicto se produce cuando los intereses del Empleado o del Tercero se contraponen o interfieren, de cualquier modo, con los intereses de la Sociedad, causándole un perjuicio a este último. El principal riesgo ante un conflicto de intereses es que se dificulte la toma de decisiones o que interfiera en la realización del trabajo en forma eficiente y objetiva.
5.3. El Empleado o Tercero no adoptará comportamientos que pudieran representar un perjuicio, aunque potencial, para la imagen de la Sociedad.
Agasajos (Regalos, Eventos, Viajes y Gastos de Representación)
6.1. El Personal de la Sociedad no podrá aceptar regalos, invitaciones a eventos o viajes cuando los mismos sean ofrecidos con el fin de influir en cualquier acto o decisión para que realice u omita alguna acción en infracción de su deber legítimo, o para obtener alguna ventaja indebida.
6.2. El Personal de la Sociedad sólo podrá recibir regalos o agasajos, cuando los mismos sean razonables, de modesto valor y realizados de buena fe. Las invitaciones ofrecidas deben estar exclusivamente vinculadas a fines comerciales.
6.3. En ningún caso los agasajos podrán consistir en sumas de dinero en efectivo y/o bienes de lujo.
6.4. No está permitida la realización de agasajos a los familiares del Personal de la Sociedad, ni a Funcionarios Públicos, en nombre y/o representación de la Sociedad.
6.5. Los Terceros no podrán ofrecer regalos o invitaciones que no sean de modesto valor, a los empleados de la Sociedad, y tienen prohibido ofrecerlos a Funcionarios Públicos, a Personas Privadas actuando en nombre y/o representación de la Sociedad. Queda prohibido ofrecer regalos o invitaciones durante licitaciones o negociaciones contractuales.
Confidencialidad de la información
7.1. Los Directivos, Ejecutivos y demás Empleados y los Terceros, protegerán y mantendrán en estricta confidencialidad la información de propiedad de la Sociedad y los datos personales de los clientes a los que tenga acceso con motivo de la relación comercial. Los Empleados y los Terceros son conscientes de que es ilícito utilizar información privilegiada (entendiéndose por tal la información no pública) relativa a la Sociedad, sus operaciones, su situación financiera, sus resultados o hechos relevantes que los involucren.
Derechos de los trabajadores
8.1. Valoramos al Capital Humano, conscientes de que el principal factor de éxito de cualquier empresa es el aporte profesional de las personas que trabajan en ellas, y promovemos los derechos humanos y laborales fundamentales reconocidos internacionalmente y que cumplimos con las obligaciones emergentes de las leyes laborales, previsionales, de seguridad social, salariales, sindicales y toda otra referida a las relaciones laborales y empresariales.
8.2. Valoramos a las personas con las que trabajamos, respetando las diferencias, en un ámbito de lealtad y observancia de los valores éticos y de confianza.
8.3. El trabajo infantil se encuentra prohibido. No empleamos a niños para el desarrollo de nuestras actividades y no permitimos que lo hagan nuestros Terceros. Nuestros proveedores deberán respetar las leyes y normas locales y nacionales relativas a la edad laboral mínima y no utilizar mano de obra infantil.
8.4. Nosotros, en forma directa o indirecta por medio de sus Terceros que actúen en su nombre o representación, rechazamos todo tipo de prácticas discriminatorias, garantizando la igualdad de oportunidades en el ámbito laboral mediante la desaprobación y sanción de toda forma de discriminación o acoso por razón del género, la identidad u orientación sexual, el origen étnico o social, la nacionalidad, el idioma, el estado civil, la condición de embarazo, la religión, las opiniones políticas o de cualquier otra naturaleza, la pertenencia a minorías nacionales, las capacidades diferentes o la edad. No se tolerará un ambiente de trabajo ofensivo o intimidatorio, amenazas, castigos ni ninguna práctica de hostigamiento/acoso laboral.
Salud, seguridad y medio ambiente
9.1. Nos obligamos a cumplir todas las leyes aplicables en materia de salud, seguridad y medio ambiente. Aseguramos la implementación de las medidas adecuadas para proteger la seguridad y la salud de nuestros empleados, así como para mitigar el impacto medioambiental de nuestras operaciones empresariales en la medida de lo posible.
9.2. Preservaremos la seguridad y la salud en los lugares de trabajo, asegurando el respeto por la integridad física y moral y por los derechos y la dignidad de los trabajadores.
9.3. Tomaremos decisiones de inversión y de negocios compatibles con un uso responsable de los recursos, respetando el medio ambiente y los derechos de las generaciones futuras, en total coherencia con la legislación aplicable en la materia. Para ello, tendremos en cuenta todo el ciclo de vida, evitando siempre la contaminación ambiental.
Denuncias
10.1. Promovemos que todo acto que viole las leyes, normas o reglamentaciones vigentes o las disposiciones establecidas en el presente Código, sea denunciado, para lo cual ponemos a disposición el mail “etica@protech.com.ar” para que nuestros colaboradores o terceros las manifiesten, en donde se garantizará la confidencialidad de la información recibida.
10.2. No toleraremos ninguna clase de represalia por denuncias o quejas que fueran hechas de buena fe respecto de conductas indebidas, comportamientos dudosos o posibles infracciones a este Código. Se fomentará la comunicación abierta de todo tipo de dudas y preocupaciones, sin temor a reacciones negativas o represalias
10.3. Todos los casos serán debidamente investigados y se adoptarán las medidas oportunas cuando se detecten infracciones.
Implementación/Sanciones
11.1. La violación a esta Política, a los Procedimientos Internos o a la normativa aplicable, hacen personalmente responsable al Personal de las Sociedades por los daños y perjuicios directos e indirectos que tales violaciones ocasionen a la Sociedad. Estas violaciones se considerarán una falta gravísima a las obligaciones laborales, que de acuerdo con las circunstancias puede dar lugar al despido. Asimismo, darán lugar a la aplicación de sanciones a los responsables, según las modalidades previstas por la legislación y los convenios colectivos.
11.2. El cumplimiento de las disposiciones de este Código por parte del Tercero reviste carácter de condición esencial para el mantenimiento de la relación comercial con la Sociedad (el Tercero podrá proporcionar unos principios/reglas equivalentes, la Empresa no intenta sustituir ni reemplazar ninguna política u obligación contractual del Tercero).
11.3. El incumplimiento de las obligaciones asumidas será considerada falta grave y habilitará a la Sociedad a decidir: (a) no contratar al Tercero, y/o; (b) resolver de pleno derecho por culpa del Tercero cualquier contratación vigente con el Tercero, con la única obligación de notificar dicha decisión por escrito, encontrándose la Sociedad habilitada a decidir iniciar las acciones por incumplimiento y por los daños y perjuicios que pudieran haberse ocasionado, sin perjuicio de la aplicación de las penalidades correspondientes y/o; (c) eliminar al Tercero del “Registro de Proveedores”.