De acuerdo a la resolución 4892/2020 impuesta por AFIP, a partir del 1° de Marzo de 2021 (y según el cronograma propuesto por AFIP*), los contribuyentes que emitan sus comprobantes de ventas a través de servicios de web services AFIP, deberán reemplazar el código de barras existente en los documentos actuales, por un código QR.
Quienes trabajen con el sistema de gestión SAP, podrán realizar esta actualización mediante la modificación de ciertos parámetros del sistema a través de nuestro equipo de soporte SAP.
*Cronograma propuesto por AFIP
Secuencia de Implementación según volumen de ventas, texto extraído de la resolución general AFIP 4892/2020.
- 1. Para responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado que hayan efectuado operaciones (gravadas, exentas y no gravadas) declaradas en el impuesto durante el año calendario 2020 por un importe total neto de impuestos y tasas:
- 1.1. Superior a PESOS DIEZ MILLONES ($ 10.000.000.-): desde el 1 de marzo de 2021.
- 1.2. Superior a PESOS DOS MILLONES ($ 2.000.000.-) e inferior o igual a PESOS DIEZ MILLONES ($ 10.000.000.-): desde el 1 de abril de 2021.
- 1.3. Superior a PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000.-) e inferior o igual a PESOS DOS MILLONES ($ 2.000.000.-): desde el 1 de mayo de 2021.
- 2. Para el resto de los responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado, sujetos exentos ante dicho gravamen y pequeños contribuyentes inscriptos en el Régimen Simplificado (Monotributo): a partir del 1 junio de 2021.